Declárase feriado no laborable para el Pueblo Carmen del departamento de Durazno el día 10 de junio de 1974, con motivo de la celebración del Centenario de su fundación.
Autorízase a los funcionarios públicos de todo el territorio de la
República, nacidos en las Secciones Judiciales 4a., y l0a., del
departamento de Durazno, a gozar de licencia en la referida fecha, a fin de facilitar su concurrencia a los actos de celebración.