RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XIII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 84

   Los fondos provenientes de los artículos 502 y 504 de la ley N.o 
13.892, de 19 de octubre de 1970, radicados en el Banco de la República 
Oriental del Uruguay, se verterán por partes iguales en las cuentas 
Tesoro Nacional y Tesoro de Obras Públicas.
            

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