El Consejo Central de Asignaciones Familiares, las Cajas de
Compensaciones de Asignaciones Familiares, la Comisión Administradora de los Servicios de Estiba y las Comisiones Honorarias Administradoras de
los Seguros de Enfermedad, deberán ajustar sus gestiones a las normas presupuestales y de planificación - incluso lo referente a la política salarial - que indique el Poder Ejecutivo, con asesoramiento previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Para ello, deberán elevar al Poder Ejecutivo su proyecto de presupuesto, dentro de los ciento veinte días anteriores a la iniciación del Ejercicio que habrá de regir. Todo ello, sin perjuicio de las atribuciones que sus respectivas leyes orgánicas atribuyen al Tribunal
de Cuentas.