RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XVI - NORMAS TRIBUTARIAS

Artículo 514

  Sustitúyese el artículo 314 del Texto Ordenado, ley N.o 14.100, de 29
de diciembre de 1972, por el siguiente:

"Artículo 314. No serán contribuyentes del Tributo Unificado los 
importadores, las sociedades anónimas, las sociedades en comandita por acciones, los corredores de bolsa y los subagentes de quinielas, cualquiera sea el monto anual de los ingresos que obtengan". (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 517/974 de 26/06/1974.
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