CAPITULO XIV INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 416
Inclúyese entre las necesidades prioritarias a atender con los fondos
creados por el artículo 141 de la ley N.o 14.100, de 29 de diciembre de 1972, los gastos de locomoción por diligencias y notificaciones.