RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XIV
INCISO 9 - MINISTERIO DE TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y TURISMO

Artículo 312

  Autorízase al Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo a 
enajenar el inmueble propiedad del Estado, padrón N.o 2.010, ubicado en 
la ciudad de Piriápolis con frente a la Rambla de los Argentinos y administrado por la expresada Secretaría de Estado.
  El adquirente deberá obligarse a levantar en el predio indicado un 
edificio en régimen de propiedad horizontal, quedando como contraprestación o precio, para el Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo, la planta baja del mismo, como mínimo, 
terminada de acuerdo al proyecto que realice el mencionado Ministerio y para ser ocupada por una dependencia de la Dirección Nacional de Turismo, otra de la Dirección Nacional de Correos y otra de la Dirección General 
de Telecomunicaciones, sin perjuicio de la instalación de otras 
dependencias del Ministerio aludido.
  A fin de celebrar la contratación respectiva se deberán cumplir las 
normas sobre licitación pública, debiendo el Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo adoptar las medidas necesarias conducentes a la concreción del fin expresado.

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