CAPITULO XIV INCISO 8 - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Artículo 291
Increméntase el Rubro 0, Renglón "Honorarios" del Programa 8.05
"Administración y Elaboración del Registro de la Propiedad Industrial" del Ministerio de Industria y Comercio, en la suma de $ 1:500.000 (un millón quinientos mil pesos).