RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1971 Y 1972




Promulgación: 30/04/1974
Publicación: 09/05/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1082
Reglamentada por: Decreto Nº 472/976 Derogada/o de 27/07/1976.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XIV
INCISO 6 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 258

  Los Oficiales 1ros. del Escalafón Administrativo del Ministerio de 
Relaciones Exteriores, que por su posición de precedencia resultante de las calificaciones de los años 1971 ó 1972, hubieran tenido derecho al ascenso al cargo de Secretario de 3.a del Servicio Exterior a la fecha de entrada en vigencia del decreto 785/973, de 19 de setiembre de 1973, podrán ser promovidos en las vacantes generadas en este grado, siempre
que no se exceda la cuota de provisión que entonces correspondía a los funcionarios administrativos ni el límite de edad fijado para el cese de los Secretarios de 3.a, por el artículo 23 del decreto N.o 785/973, de 19 de setiembre de 1973. Para tal fin, se autoriza al Poder Ejecutivo a dar retroactividad a las promociones.

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