CAPITULO XIV INCISO 5.07 - DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS
Artículo 221
Créase en el Ministerio de Economía y Finanzas (Programa 5.01) un
cargo de Sub-Director General de Secretaría Ab, de Particular Confianza
de acuerdo a lo establecido por el artículo 145 de la ley N.o 12.802, de 30 de noviembre de 1960.