LEY DE MINERIA. LEY DE HIDROCARBUROS




Promulgación: 29/03/1974
Publicación: 16/04/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 875
Reglamentada por: Decreto Nº 366/974 de 09/05/1974.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Los depósitos de hidrocarburos líquidos y gaseosos, combustibles fósiles y rocas bituminosas solamente pueden ser explorados y explotados por el Estado.
   Dentro de la exploración están comprendidos los estudios, investigaciones, reconocimientos superficiales, prospección y 
cualesquiera otras actividades relativas a la búsqueda de dichas sustancias. (*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
Referencias al artículo
Ayuda