Declárase Ley de la Nación para todos los efectos a que hubiere
lugar, desde su fecha, el decreto del Poder Ejecutivo 700/973, de 23 de agosto de 1973.
Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley y,
en particular, los artículos 235, 236, 237, 238, 241 y 242 de la ley
14.106, de 14 de marzo de 1973.