CALIFICACION DE LOS CAMINOS NACIONALES, DEPARTAMENTALES Y VECINALES. REGULACION DE EDIFICACIONES, TRANSITO Y FINANCIAMIENTO




Promulgación: 13/02/1943
Publicación: 26/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 573
Referencias a toda la norma

II. Jurisdicción de dominio, administración y policía de caminos

Artículo 25

   Los impuestos, derechos y proventos que deban percibirse en los casos de los incisos C), D), E) y F) del artículo anterior (24), serán percibidos por la Municipalidad respectiva, con destino a sus fondos.
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