INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 18/01/1943
Publicación: 01/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 70
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV
De las consultas previas

Artículo 45

   El interesado podrá ser invitado a las sesiones del Tribunal Pericial para ampliar su exposición; pero deberá retirarse cuando éste pase a deliberar y resolver. (*)

(*)Notas:
Ver: Decreto Nº 758/975 Derogada/o de 09/10/1975 artículo 1 (artículo 234 del 
Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional de Aduanas).
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