INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 18/01/1943
Publicación: 01/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 70
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV
De las consultas previas

Artículo 41

   La solicitud de consulta se formulará cumpliendo los siguientes requisitos:

A)   Será hecha por escrito directamente a la División de Visturía 
     respectiva.
B)   Se acompañará una copia firmada en papel simple.
C)   Se detallarán las características de la mercadería en consulta,     
     materias que entran en su composición, uso o destino de la misma.
D)   Se indicará la marca, número y cantidad y clase de envase.
E)   Se expresará, con una breve articulación de fundamentos, la        
     clasificación o el valor que los interesados entienden corresponde  
     a la mercadería y se hará referencia a la factura consular.
F)   Se agregarán tres muestras de la mercadería en consulta, si fuera 
     posible a juicio del Tribunal Pericial. Si se trata de tejidos, las 
     muestras deberán tener una dimensión mínima de 5 centímetros de 
     largo por todo su ancho, se podrá exigir, sin embargo, muestras de  
     mayores medidas.
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