Pueden, además, ser convocados a las reuniones de la Comisión Nacional, con carácter consultivo, los Subsecretarios de Estado y los funcionarios nacionales o municipales, siempre que el asunto que se trate, exija la cooperación de los servicios especializados a su cargo.
La Comisión Nacional actuará permanentemente como orientadora de la
opinión pública, frente al peligro, y en salvaguardia de los principios que regulan la vida democrática de la Nación.