Propondrá a la Dirección General, los planes departamentales que sean susceptibles de aplicación, de acuerdo con las normas antes establecidas, y
estarán a cargo de su inspección y ejecución, previa consulta con las
autoridades militares, policiales y municipales, constituidas en Comisión
Departamental, integrada con dos vecinos caracterizados, designados por
la Junta M. Departamental.