Decreto Departamental de Flores N° 0998/019
MODIFICA DISPOSICIONES DEL PLAN DE TRINIDAD Y SU MICROREGIÓN. - (DECRETO Nº 0998 SANCIONADO 09/12/2019, PROMULGADO 11/12/2019) -
Fuente del Texto: Intendencia de Flores
DECRETO N° 0998 .-/ LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORES DECRETA:
ARTÍCULO 1°.-/ Modifícase el artículo 34 del Decreto Departamental N° 0802 el que quedará redactado de la siguiente manera: SECCIÓN V SECTOR SOBRE RUTA NACIONAL N° 3 AL SUR Y RUTAS Nros. 57 Y 23. (SECTOR E) PLANOS Nros. 32 Y 33. "ARTICULO 34°.-/ Existen tres categorías de suelo en este sector: A)Suelo Suburbano. B)Suelo Rural Productivo con Atributo de Potencialmente Transformable en Suburbano: Ruta NO 57 y Ruta NO 3 al Sur. C)Suelo Rural Productivo con Atributo de Potencialmente Transformable en Urbano de Baja Densidad.
A) Suelo Suburbano.
Este sector corresponde al acceso sur a la ciudad de Trinidad a través de las rutas nacionales Nros. 3 al Sur, 23 y 57. Se categorizan como suelo suburbano los padrones Nros. 2084, 1129, 1195, 1847, 3365, 3168, 2202, 4452, 7530 conformados por enclaves logísticos y agroindustriales y el padrón 6764 correspondiente al Ministerio del Interior seccional séptima de Policía. -
B)Suelo Rural Productivo con Atributo de Potencialmente Transformable en Suburbano. Ruta Nacional NO 57 (padrones 3168, 1204, 2071, 1183, 4453, 1164, 2582, 1108, 1110, 1264, 1112, 3248, 4497, 4408, 4409, 1153 y 1171). Ruta Nacional NO 3 al Sur (padrones 4406, 1124, 2254, 1158, 2208, 1629, 1123, 732, 724, 3942, 3943, 2111, 733, 4256, 4255, 1128, 1155 y 1157). Los padrones mencionados se afectan parcialmente desde el límite de predio frentista hasta los 250 metros paralelos a ambos lados de las rutas nacionales mencionadas, desde el límite sur del suelo urbano hasta la cañada Piedras Blancas en la Ruta NO 57 y desde el límite sur del suelo urbano hasta el empalme con ruta nacional NO 23, en el caso de la Ruta NO 3 al Sur. Se dejará un retiro frontal total de 40 metros: 15 metros de retiro frontal y 25 metros para una calle paralela a ambos lados de Zas rutas nacionales N° 57 y N° 3 al Sur. La superficie mínima de predio para este sector será de 5.000 metros cuadrados, con un frente mínimo permitido de 40 metros y la relación frente-fondo de 3 a 1 (máximo).-Usos del Suelo. El uso está destinado a servicios mecánicos, enclaves logísticos y otros, y aquellos usos cuyas actividades implican una alta circulación de vehículos y/o maquinarias de gran porte, incompatibles con el uso vehicular en suelo urbano.
C) Suelo Rural Productivo con Atributo de Potencialmente Transformable en Urbano de Baja Densidad. El sector comprende al padrón NO 4526 y está delimitado al norte por la calle Pancho López, al oeste por la Ruta NO 57, al sur por la calle 25 de Mayo y al este por la calle Juan Carlos Irazábal (lateral oeste del Parque Centenario). Se categoriza como Suelo Rural Productivo con Atributo de Potencialmente Transformable en Urbano de Baja Densidad. Usos del Suelo. Será residencial de baja densidad, permitiéndose actividades comerciales y de servicios compatibles con la residencia. Las construcciones ubicadas en esta zona deberán cumplir con los parámetros de habitabilidad e Higiene de la Vivienda; no se permitirán construcciones en chapa ni con materiales de desecho. Atributos Urbanísticos. En esta zona se aplicarán los siguientes atributos urbanísticos: Superficie mínima de predio: 1200m2. F.O.S. máx.: 25%. F.O.T. máx.: 50% . Altura máxima: 7 metros. Retiros: frontal — 10 metros. Retiro bilateral — 3 metros. Estacionamiento mínimo 2 vehículos¨.
ARTICULO 2 °.-/ Comuníquese, insértese, archívese.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE FLORES, EN TRINIDAD, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
Sra. LEA DANYS CALERO.
Secretaria General.
EDIL Sra. Ma. CRISTINA BIDEGAIN.
Presidente.
Trinidad, 11 de diciembre 2019.(192083).Res.12.833.2019.
VISTO:- Los presentes procedimientos administrativos.
SE RESUELVE:- 1º)- Promulgase el Decreto Departamental Nº 0998. 2º)- Por División Administración Documental, comuníquese y pase a la Oficina de Prensa y Difusión para su publicidad. 3º)- Siga al Departamento de Obras – Divisiones Arquitectura y Vialidad, Asesoría Jurídica y Equipo Técnico de Ordenamiento Territorial, para su conocimiento y demás efectos pertinentes que correspondan. 4º)- Oportunamente; si correspondiere, archívese.
Heber Escondeur Muñiz.
Secretario General.
Fernando Echeverría Bessonart.
Intendente Departamental.
Ayuda