CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Fruto |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. |
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario). |
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso. |
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso. |
R12 - El envío deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución SENASA N° 472/2014. |
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
R14 - El envío deberá venir libre de hojas y restos vegetales. |
R18 - El envío deberá venir en envase nuevo, de primer uso, etiquetado o rotulado de acuerdo con la normativa vigente. |
R20 - El envío deberá ser sometido a lavado, cepillado y encerado. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay. |
II. 4. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Citrus spp. (cítricos, fruta fresca)
CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Fruto |
Requisitos fitosanitarios: |
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario). |
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso. |
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso. |
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
R14 - El envío deberá venir libre de hojas y restos vegetales. |
R18 - El envío deberá venir en envase nuevo, de primer uso, etiquetado o rotulado de acuerdo con la normativa vigente. |
R20 - El envío deberá ser sometido a lavado, cepillado y encerado. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Apomyelois ceratoniae y Septoria citri.
No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay y Uruguay. |
II. 4. C. PAÍS DE DESTINO PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Citrus spp. (cítricos, fruta fresca)
CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Fruto |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. |
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario). |
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso. |
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso. |
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
R14 - El envío deberá venir libre de hojas y restos vegetales. |
R18 - El envío deberá venir en envase nuevo, de primer uso, etiquetado o rotulado de acuerdo con la normativa vigente. |
R20 - El envío deberá ser sometido a lavado, cepillado y encerado. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Apomyelois ceratoniae y Septena citri.
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil y Uruguay. |
II. 4. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Citrus spp. (cítricos, fruta fresca)
CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Fruto |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. |
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario). |
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso. |
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso. |
(R8) - El envío deberá ingresar a depósito cuarentenario oficial/bajo control oficial. |
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
R14 - El envío deberá venir libre de hojas y restos vegetales. |
(R18) - El envío deberá venir en envase nuevo, de primer uso, etiquetado o rotulado de acuerdo con la normativa vigente. |
R20 - El envío deberá ser sometido a lavado, cepillado y encerado. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Apomyelois ceratoniae y Septoria citri.
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil y Paraguay. |