CATEGORÍA 4: Material de propagación |
Parte vegetal: Semilla |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación.
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay y Uruguay.
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CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Grano (natural) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación.
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay y Uruguay.
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CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Fruto (grano con cáscara) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación.
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario). |
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R11 - Las plantas u otros artículos reglamentados deberán venir libres de suelo.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay y Uruguay
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II. 30. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Arachis hypogaea (maní)
CATEGORÍA 4: Material de propagación |
Parte vegetal: Semilla |
Requisitos fitosanitarios: |
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay. |
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CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Grano (natural) |
Requisitos fitosanitarios: |
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay. |
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CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Fruto (grano con cáscara) |
Requisitos fitosanitarios: |
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R11 - Las plantas u otros artículos reglamentados deberán venir libres de suelo.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay. |
II. 30. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Arachis hypogaea (maní)
CATEGORÍA 4: Material de propagación |
Parte vegetal: Semilla |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación.
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso. |
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15.
R18 - El envío deberá venir en envase nuevo, de primer uso, etiquetado o rotulado de acuerdo a la normativa vigente. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA5 - El lugar de producción fue inspeccionado después del período de floración y encontrado libre de Cowpea mild mottle virus.
o
DA15 - El envío se encuentra libre de Cowpea mild mottle virus, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
y
DA5 - El lugar de producción fue inspeccionado después del período de floración y encontrado libre de Cowpea mild mottle virus.
o
DA15 - El envío se encuentra libre de Cowpea mild mottle virus, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para Uruguay.
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CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Grano (natural) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación.
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
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Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y Uruguay.
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CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Fruto (grano con cáscara) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación.
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R11 - Las plantas u otros artículos reglamentados deberán venir libres de suelo.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y Uruguay.
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II. 30. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Arachis hypogaea (maní)
CATEGORÍA 4: Material de propagación |
Parte vegetal: Semilla |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. |
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
(R8) - El envío deberá ingresar a depósito cuarentenario oficial/bajo control oficial.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
Argentina:
DA5 - El lugar de producción fue inspeccionado después del período de floración y encontrado libre de Cowpea mild mottle virus.
o
DA15 - El envío se encuentra libre de Cowpea mild mottle virus, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
y
DA5 - El lugar de producción fue inspeccionado después del período de floración y encontrado libre de Cowpea mild mottle virus.
o
DA15 - El envío se encuentra libre de Cowpea mild mottle virus, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio N° ( ).
No hay Declaraciones Adicionales para Paraguay.
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CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Grano (natural) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación.
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y Paraguay.
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CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento |
Parte vegetal: Fruto (grano con cáscara) |
Requisitos fitosanitarios: |
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación.
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
R11 - Las plantas u otros artículos reglamentados deberán venir libres de suelo.
R13 - Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15. |
Declaraciones Adicionales: |
Brasil:
DA1 - El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de Corcyra cephalonica.
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina y Paraguay.
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