Aprobado/a por: Decreto Nº 212/024 de 23/07/2024 artículo 1.
   VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 12/09 del Grupo Mercado Común.

   CONSIDERANDO:

   Que, por Resolución GMC N° 12/09, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Avena sativa (Avena) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes.

   Que es necesario revisar dichos requisitos fitosanitarios teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Partes.

                          EL GRUPO MERCADO COMÚN
                                RESUELVE:

   Art. 1 - Aprobar el "Sub-Estándar 3.7.31 Requisitos Fitosanitarios para Avena sativa (Avena) según país de destino y origen para los Estados Partes del MERCOSUR", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

   Art. 2 - Los Estados Partes indicarán, en el ámbito del Subgrupo de Trabajo N° 8 "Agricultura" (SGT N° 8), los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución.

   Art. 3 - Derogar la Resolución GMC N° 12/09.

   Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 16/I/2023.

                    GMC (Dec. CMC N° 20/02, Art. 6) - Asunción, 20/VII/22.

                                  ANEXO

                   SUB-ESTÁNDAR FITOSANITARIO MERCOSUR

                   SECCIÓN III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

   3.7.31 Requisitos Fitosanitarios para Avena sativa (Avena) según país de destino y origen para los Estados Partes del MERCOSUR

   I - INTRODUCCIÓN

   1 - ÁMBITO

   El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser aplicados por las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Avena sativa (Avena).

   2 - REFERENCIAS

-  Estándar 3.7. Requisitos fitosanitarios armonizados por categoría de
   riesgo para el ingreso de artículos reglamentados, aprobado por
   Resolución GMC N° 10/20.
-  Lista de las Principales Plagas Cuarentenarias para la Región del
   COSAVE, 2018.
-  Listas Nacionales vigentes de Plagas Cuarentenarias de los Estados
   Partes.

   3 - DESCRIPCIÓN 

   El presente Sub-estándar establece los requisitos fitosanitarios armonizados a ser utilizados por las ONPF de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Avena sativa (Avena), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.

   II. 31. A. PAÍS DE DESTINO:     ARGENTINA

               REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa

CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla 
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.
CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
(R4) - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Brasil, Paraguay y Uruguay.
II. 31. B. PAÍS DE DESTINO: BRASIL REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa
CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla 
Requisitos fitosanitarios:
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.
CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano
Requisitos fitosanitarios:
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Paraguay y Uruguay.
II. 31. C. PAÍS DE DESTINO: PARAGUAY REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa
CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla 
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario). 
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
Declaraciones Adicionales: 
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.
CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano 
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Uruguay.
II. 31. D. PAÍS DE DESTINO: URUGUAY REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Avena sativa
CATEGORÍA 4: Material de propagación
Parte vegetal: Semilla 
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
(R8) - El envío deberá ingresar a depósito cuarentenario oficial/bajo control oficial.
Declaraciones Adicionales:  
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.
CATEGORÍA 3: Productos de origen vegetal sin procesar, cuyo uso previsto es el consumo o procesamiento
Parte vegetal: Grano 
Requisitos fitosanitarios:
R0 - Requiere permiso fitosanitario de importación. 
R2 - El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/Certificado Fitosanitario de Reexportación, según corresponda (especificando las Declaraciones Adicionales de ser necesario).
R1 - El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.
R4 - El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.
Declaraciones Adicionales:
No hay Declaraciones Adicionales para Argentina, Brasil y Paraguay.
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