S.A.S QUE DESARRROLLA Y GESTIONA PLATAFORMA DIGITAL - IRAE - TRATAMIENTO TRIBUTARIO.


Fuente del Texto: DGI

Se consulta respecto al tratamiento tributario de la actividad desarrollada por una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS), que consiste en el desarrollo y gestión de una plataforma digital que conecta distribuidores con almacenes, cantinas y quioscos, facilitando la compra y venta de productos para abastecimiento. A través de esta plataforma, los distribuidores publican su oferta de productos, y los comercios pueden realizar sus pedidos de forma ágil y eficiente.

En función de lo anterior, por un lado consulta si la actividad que describe requiere la combinación de capital y trabajo, o si se trata de una renta pura de trabajo, a efectos de determinar qué escala de tasas corresponde aplicar para la liquidación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) en forma ficta, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 64 de Decreto Nº 150/007 de 26.04.007. 

En caso de entender que se trata de una actividad que combina capital y trabajo, además consulta si la empresa puede quedar comprendida en el régimen de Impuesto al Valor Agregado (IVA) Mínimo, en tanto no supere el tope de ingresos establecido en la normativa correspondiente.
Esta Comisión de Consultas considera que los ingresos derivados de la actividad descripta provienen de la utilización conjunta de capital y trabajo. En efecto la gestión de una plataforma digital y de los pagos que surjan de las transacciones realizadas a través de la misma, constituye una renta empresarial conforme a la definición dada en el numeral 1) del literal B) del artículo 12º Título 4 T.O. 2023.  
Por lo expuesto, al momento de liquidar el IRAE, se deberá aplicar la escala del inciso tercero del artículo 64 del Decreto Nº 150/007, correspondiente a rentas empresariales.
Asimismo, siempre que sus ingresos anuales no superen las UI 305.000, podrá ampararse al régimen establecido en el literal E) del artículo 66º del Título 4 del T.O. 2023.




03.12.025 – El Subdirector General de Rentas de la DGI en ejercicio de la Dirección General, acorde.

Fecha de publicación Web: 29 de enero de 2026.




		
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