SOCIEDAD DE HECHO DE ENSEÑANZA - IRPF - RETENCIÓN, NO CORRESPONDE.


Fuente del Texto: DGI

CONSULTA N° 5.619

SOCIEDAD DE HECHO DE ENSEÑANZA - IRPF - RETENCIÓN, NO CORRESPONDE.

Se presenta una empresa, sociedad de hecho, que gira en el ramo de enseñanza y cuenta con la correspondiente habilitación del Ministerio de Educación y Cultura.

Consulta sobre si corresponde que una institución, que queda incluida en el artículo 73° del Decreto N° 148/007 de 26.04.007, le realice la retención del 7% del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF), en caso de que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 74° del mencionado decreto.

Esta Comisión de Consultas ya se ha expedido al respecto en la Consulta N° 5.603 de 17.04.012 (Bol. 467), en la cual se concluye que si el contribuyente cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2° del Título 3 del Texto Ordenado 1996, es un contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Empresariales (IRAE) exonerado. En este sentido prima la exoneración por sobre lo establecido en el numeral 8) de la Resolución DGI N° 662/007 de 29.06.007 y por ende a la empresa no se le deberá practicar la retención de IRPF.

17.04.012 - El Sub Director General de la D.G.I., acorde.

 BOLETÍN N° 467


		
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