SOCIEDAD DE HECHO INTEGRADA POR PROFESIONALES - IRPF-RENTAS PURAS DE TRABAJO - OPCIÓN IRAE.


Fuente del Texto: DGI

CONSULTA N° 4.782

SOCIEDAD DE HECHO INTEGRADA POR PROFESIONALES - IRPF-
RENTAS PURAS DE TRABAJO - OPCIÓN IRAE.

Una sociedad de hecho integrada por tres médicos y una odontóloga, que desarrolla actividades vinculadas a la medicina preventiva (carné de salud, ficha médica y licencia de conducir) y programas de rehabilitación en una sala de cinesiterapia, aportando únicamente recursos humanos, consulta si se considera que la actividad que desarrolla combina capital y trabajo.

El último inciso del artículo 50 del Decreto N° 148/007 de 26.04.007, establece:

"Se considerarán rentas puras de trabajo las derivadas de actividades desarrolladas en el ejercicio de su profesión, ya sea en forma individual o societaria, por profesionales universitarios con título habilitante, rematadores, despachantes de aduana, corredores y productores de seguros, mandatarios, mediadores, corredores de bolsa, agentes de papel sellado y timbres, agentes y corredores de la Dirección de Loterías y Quinielas, o similares".

En el caso en consulta, las actividades desarrolladas por los profesionales mediante la sociedad de hecho, lo son en el ejercicio de su profesión, por lo que encuadran en la norma transcripta, no correspondiendo considerar la posible aplicación de capital para su desarrollo.

Por lo tanto, las rentas obtenidas se encuentran en el ámbito del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas. No obstante, por las mismas se podrá hacer uso de la opción establecida por el artículo 5° del Título 4 del Texto Ordenado 1996. En tal caso, si se liquida el IRAE determinando las rentas en forma ficta, según lo dispuesto por el cuarto inciso del artículo 64° del Decreto N° 150/007 de 26.04.007, se aplicará la escala del 48%.

04.03.008 - El Director General de Rentas.

BOLETÍN N° 418 MARZO DE 2008


		
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