Consulta Tributaria N° 4693
CASA PREFABRICADA INSTALADA, VENTA DE - IVA - SISTEMA CONSTRUCTIVO INDUSTRIALIZADO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CASAS Y MÓDULOS EVOLUTIVOS.
Fuente del Texto: DGI
CONSULTA N° 4.693
CASA PREFABRICADA INSTALADA, VENTA DE - IVA - SISTEMA CONSTRUCTIVO INDUSTRIALIZADO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CASAS Y MÓDULOS EVOLUTIVOS.
Una empresa que gira en el ramo de Servicios de Carpintería, Barraca y Aserradero consulta si existe alguna norma de exoneración de IVA que sea aplicable al sistema constructivo industrializado proyectado por ella misma, para la construcción de casas y módulos evolutivos.
De acuerdo a la memoria descriptiva que adjunta, la empresa se dedica a construir y vender módulos evolutivos básicos y casas de diferentes dimensiones, empleando madera como materia prima básica.
El numeral 3) de la Resolución N° 72/982 de 16.02.982, referido a la construcción y venta de viviendas prefabricadas, establece que dichas viviendas sólo adquirirán el carácter de inmueble, una vez adheridas a la tierra y cuando se importen o enajenen independientemente de la tierra, las mismas estarán gravadas por IVA.
Al respecto corresponde señalar que la enajenación de bienes inmuebles se encuentra exonerada de IVA de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19° literal C), Título 10 T.O. 1996.
En consecuencia se concluye que la venta de una casa prefabricada instalada sólo gozará de exoneración de IVA si se realiza conjuntamente con el terreno que sirvió de base para su construcción.
29.06.007 - El Director General de Rentas, acorde.
BOLETÍN N° 409 - JUNIO DE 2007
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