TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL CAPITULO CUARTO - DERECHO PROCESAL TRIBUTARIO
Artículo 92
(Requisitos formales del título).- Para que el documento administrativo
constituya título ejecutivo deberá reunir los siguientes requisitos:
1.o) Lugar y fecha de la emisión.
2.o) Nombre del obligado.
3.o) Indicación precisa del concepto e importe del crédito, con
especificación, en su caso, del tributo y ejercicio fiscal que
corresponda.
4.o) Individualización del expediente administrativo respectivo.
5.o) Nombre y firma del funcionario que emitió el documento, con la
constancia del cargo que ejerce.