APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.306




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 06/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.306 de 29/11/1974.
Ver vigencia: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 175.

Referencias a toda la norma

TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
CAPITULO TERCERO - DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
SECCION QUINTA - RECAUDOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 80

   (Fundamentación de los recursos).- El recurrente podrá fundamentar sus
recursos al interponerlos, o en otra oportunidad dentro de un plazo de
veinte días a contar del siguiente al de interposición del recurso.
Referencias al artículo
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