APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.306




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 06/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.306 de 29/11/1974.
Ver vigencia: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 175.

Referencias a toda la norma

TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
CAPITULO SEGUNDO - DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL

Artículo 29

   (Pago).- El pago debe ser efectuado por los contribuyentes o por los
responsables. Si fuera realizado por un tercero extraño a la obligación
tributaria, quedará subrogado en cuanto al derecho de crédito.
Referencias al artículo
Ayuda