APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.306




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 06/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.306 de 29/11/1974.
Ver vigencia: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 175.

Referencias a toda la norma

TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
CAPITULO SEXTO - DERECHO PENAL TRIBUTARIO

Artículo 111

   (Instigación pública a no pagar tributos).- El que instigare
públicamente a rehusar o demorar el pago de los tributos o efectuare
maniobras concertadas tendientes a organizar la negativa colectiva al
cumplimiento de las obligaciones tributarias, será castigado con la pena
de seis meses de prisión a tres años de penitenciaría.
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