LIBRO II - DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO TITULO IV - DE LAS PRUEBAS CAPITULO VI - DEL SECUESTRO
Artículo 213
(Documentos excluidos del secuestro).- No pueden secuestrarse las
cartas o documentos que se envíen o entreguen a los Defensores para el
desempeño de su cargo. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:305 y 357 (vigencia).