APROBADO POR DECRETO LEY N° 15.032




Promulgación: 07/07/1980
Publicación: 18/08/1980
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.032 de 07/07/1980.
Ver vigencia: Código del Proceso Penal 2017 de 19/12/2014 artículo 402.

Referencias a toda la norma

LIBRO II - DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO
TITULO IV - DE LAS PRUEBAS
CAPITULO III - DE LAS DECLARACIONES DEL INCULPADO

Artículo 184

  (Identificación del declarante).- Las personas interrogadas de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 123, serán debidamente identificadas por medio del interrogatorio a que se las someta y por todos los medios que aseguren la exactitud de los datos suministrados por ellas u obtenidos en otras fuentes. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 123, 305 y 357 (vigencia).
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