LIBRO III
DEL PROCESO DE EJECUCIÓN TÍTULO III - DE LA EJECUCIÓN DE OTRAS PENAS CAPÍTULO I - PENAS DE INHABILITACIÓN Y SUSPENSIÓN
Artículo 309
(Inhabilitación absoluta). La inhabilitación absoluta para cargos, empleos públicos y derechos políticos, determinará que el Juez Letrado de Primera Instancia de Ejecución y Vigilancia comunique la pena a la Corte Electoral y organismos que correspondan, según el caso.