APROBADO POR LEY N° 19.293




Promulgación: 19/12/2014
Publicación: 09/01/2015
Aprobado/a por: Ley Nº 19.293 de 19/12/2014.
Referencias a toda la norma

LIBRO I
DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO VII - DE LAS MEDIDAS CAUTELARES
CAPÍTULO II - PRIVACIÓN O LIMITACIÓN DE LA LIBERTAD FÍSICA DEL IMPUTADO
SECCIÓN IV - DE LAS CAUCIONES

Artículo 238

   (Determinación de las cauciones). Para determinar la calidad y el monto de la caución se tendrá en cuenta la naturaleza del delito, la condición económica y antecedentes del imputado, la naturaleza del daño causado y el monto aproximado de las reparaciones civiles que puedan corresponder. El juez hará la estimación de modo que constituya un motivo eficaz para que el imputado se abstenga de infringir los deberes impuestos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 403 (vigencia).
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