APROBADO POR LEY N° 9.155




Promulgación: 04/12/1933
Publicación: No fue publicado
Actualización de la Versión Oficial publicada el 26.10.1967
                   (Decreto Nº 698/967).
Ver vigencia: Ley Nº 9.414 de 29/06/1934 artículo 2.

 APENDICE NORMATIVO

LIBRO I - PARTE GENERAL
TITULO V - DE LAS PENAS
CAPITULO II - DE SUS LIMITES, NATURALEZA Y EFECTOS

Artículo 81

   (Penas accesorias a la de penitenciaría)
   La pena de penitenciaría lleva consigo las siguientes:
   1. Inhabilitación para cargos, oficios públicos, derechos políticos,
por el tiempo que dure la condena. 
   2. Inhabilitación especial para el ejercicio de profesiones
académicas, durante el mismo tiempo. 
   3. Pérdida de la patria potestad e incapacidad para administrar
bienes, por igual plazo.
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