APROBADO POR LEY N° 9.155




Promulgación: 04/12/1933
Publicación: No fue publicado
Actualización de la Versión Oficial publicada el 26.10.1967
                   (Decreto Nº 698/967).
Ver vigencia: Ley Nº 9.414 de 29/06/1934 artículo 2.

 APENDICE NORMATIVO

LIBRO II
TITULO X - DE LOS DELITOS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL ORDEN DE LA FAMILIA
CAPITULO III - RAPTO

Artículo 269

   (Influencia de la finalidad matrimonial y de la deshonestidad de la 
víctima) 
   Constituyen circunstancias atenuantes, según los casos, el propósito de
matrimonio del culpable, o la deshonestidad de la víctima.
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