LIBRO I - PARTE GENERAL TITULO I - DE LOS DELITOS CAPITULO III - DE LA CULPABILIDAD
Artículo 25
(Del que induce en error)
La eximente de responsabilidad prevista en el artículo 22, no cubre al
sujeto que intencionalmente indujo en error al autor del delito.
Tampoco se extiende al que, por la generación intencional de un error
sobre la persona que sufre las consecuencias del delito, determinara una
infracción más grave que la que el agente se proponía cometer.