APROBADO POR LEY N° 9.155




Promulgación: 04/12/1933
Publicación: No fue publicado
Actualización de la Versión Oficial publicada el 26.10.1967
                   (Decreto Nº 698/967).
Ver vigencia: Ley Nº 9.414 de 29/06/1934 artículo 2.

 APENDICE NORMATIVO

LIBRO II
TITULO V - DE LOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE LA JUSTICIA
CAPITULO III - EVASION Y QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA

Artículo 192

   (Quebrantamiento de la pena de suspensión de cargo u oficio público)
   El que ejerciere un cargo u oficio público en que hubiere sido
suspendido, sufrirá un recargo de la sexta a la tercera parte del tiempo
de la primitiva condena.
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