APROBADO POR LEY Nº 17.823




Promulgación: 07/09/2004
Publicación: 14/09/2004
Aprobado/a por: Ley Nº 17.823 de 07/09/2004.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

Referencias a toda la norma

CAPITULO X
III - Medidas socioeducativas
MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD

Artículo 88

 (Medidas privativas de libertad).- Las medidas privativas de libertad 
son:
A)  Internación en establecimientos, separados completamente de los 
    establecimientos carcelarios destinados a adultos.
B)  Internación en iguales establecimientos con posibilidades de gozar de
    semilibertad.

                     
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