APROBADO POR LEY Nº 17.823




Promulgación: 07/09/2004
Publicación: 14/09/2004
Aprobado/a por: Ley Nº 17.823 de 07/09/2004.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - POLITICAS SOCIALES DE PROMOCION Y PROTECCION A LA NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA

Artículo 21

 (Criterio rector).- Es criterio rector velar por el desarrollo armónico 
de los niños y adolescentes, correspondiendo fundamentalmente a la 
familia y a los sistemas de salud y educación su seguimiento hasta la 
mayoría de edad, según el principio de concurrencia que emerge del 
artículo 7º de este Código. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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