Aprobado/a por: Ley Nº 15.982 de 18/10/1988.
Ver vigencia:
Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652,
Código General del Proceso de 18/10/1988 artículo 547.
LIBRO II - DESARROLLO DE LOS PROCESOS TITULO VIII - PROCESO ARBITRAL CAPITULO VI - ARBITRAJE SINGULAR
Artículo 503
Aplicación del procedimiento.-
Cuando existiere acuerdo en el sentido de someter la decisión de un
asunto a la resolución de una sola persona, se podrá proceder en la forma
establecida en los capítulos anteriores o en la menos solemne prevista en
los artículos siguientes. (*)