APROBADO POR LEY Nº 20.333




Promulgación: 11/09/2024
Publicación: 25/09/2024
Aprobado/a por: Ley Nº 20.333 de 11/09/2024 artículo 1.

LIBRO III - NORMAS PROCESALES
Título III - De la actividad procesal en general
Capítulo 4 - De los plazos procesales

Artículo 95

   (Habilitación de días y horas inhábiles).- Podrá disponerse de oficio o a petición de parte la habilitación de días y horas inhábiles para la realización de diligencias sin cuyo cumplimiento corra grave riesgo el ejercicio de algún derecho.

   La habilitación podrá disponerse durante los días y horas en que funcionen las oficinas de los tribunales.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 205 (vigencia).
Ayuda