LIBRO III - NORMAS PROCESALES Título VI - Del proceso principal de anulación Capítulo 4 - De los medios impugnativos
Artículo 194
(Legitimación para impugnar).- Tienen legitimación para impugnar las resoluciones las partes y los terceros, así como sus sucesores, a los que la resolución cause un perjuicio, aunque este sea parcial.