LIBRO III - NORMAS PROCESALES Título VI - Del proceso principal de anulación Capítulo 4 - De los medios impugnativos
Artículo 193
(Impugnabilidad de las resoluciones).- Todas las resoluciones son impugnables, salvo disposición expresa en contrario.
Puede renunciarse, en forma expresa o tácita, al derecho a impugnar, una vez que este se actualice, independientemente de la aceptación de la otra parte.