APROBADO POR LEY Nº 20.333




Promulgación: 11/09/2024
Publicación: 25/09/2024
Aprobado/a por: Ley Nº 20.333 de 11/09/2024 artículo 1.

LIBRO III - NORMAS PROCESALES
Título IV - De los procesos preliminares, cautelares y anticipativos
Capítulo 2 - De los procesos cautelares y anticipativos

Artículo 134

   (Remisión).- La medida de suspensión de los efectos del acto administrativo se regirá, en lo pertinente, por lo establecido para las medidas cautelares.

   Para la adopción de la medida de suspensión de la ejecución del acto administrativo no será necesaria la constitución de contracautela en ningún caso.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 205 (vigencia).
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