APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO TITULO III - DE LA TRADICION CAPITULO I - DE LAS DIVERSAS ESPECIES DE TRADICION SECCION I - DE LA TRADICION REAL
Artículo 762
Si la cosa que se ha de entregar hace parte de una heredad, como
los árboles en pie o las piedras de una cantera, etc., la tradición se
verifica por la separación de estos objetos de la tierra a que adhieren,
hecha con consentimiento del tradente. (*)