APROBADO POR LEY Nº 16.603




Promulgación: 19/10/1994
Publicación: 21/11/1994
Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994.
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

 APENDICE NORMATIVO
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.

LIBRO PRIMERO - DE LAS PERSONAS
TITULO X - DE LA TUTELA
CAPITULO V - DE LA ADMINISTRACION DE LA TUTELA

Artículo 393

    En los actos y contratos que ejecute o celebre el tutor en
representación del menor, deberá expresarse esta circunstancia en la
escritura del mismo acto o contrato; so pena de que, omitida esta
expresión se repute ejecutado el acto o celebrado el contrato en
representación del menor, si fuese útil a éste y no de otro modo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 431.
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