APROBADO POR LEY Nº 16.603




Promulgación: 19/10/1994
Publicación: 21/11/1994
Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994.
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

 APENDICE NORMATIVO
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.

LIBRO PRIMERO - DE LAS PERSONAS
TITULO X - DE LA TUTELA
CAPITULO II - DE LAS DIVERSAS ESPECIES DE TUTELA
SECCION I - DE LA TUTELA TESTAMENTARIA

Artículo 326

    El nombramiento de tutor por los padres es revocable como toda
disposición testamentaria. (Artículos 779 y 998).
    Será de ningún efecto el nombramiento de tutor, si fuese nulo o fuese
revocado el testamento en que se hizo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 431, 779 y 998.
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