APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES SEGUNDA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS TITULO XIV - DEL CONTRATO DE PRENDA
Artículo 2306
En los contratos de préstamo se considerará como legal todo lo que en
ellos dispongan las partes contratantes, excepto cuando por sus
disposiciones se afecte la moral y el orden público.
Es nula toda cláusula que prive al acreedor de la facultad de pedir la
venta de la cosa dada en prenda.