APROBADO POR LEY Nº 16.603




Promulgación: 19/10/1994
Publicación: 21/11/1994
Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994.
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

 APENDICE NORMATIVO
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.

LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES
SEGUNDA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS
TITULO X - DE LA TRANSACCION

Artículo 2159

    Las transacciones deben interpretarse estrictamente.
    La transacción no comprende sino los objetos expresados general o
específicamente en ella o que por una inducción necesaria de sus palabras,
deben reputarse comprendidos.
    La renuncia general de derechos no se extiende a otros que a los que
tienen relación con el objeto o los objetos sobre que se transige.
Referencias al artículo
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