APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES SEGUNDA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS TITULO IX - DE LA FIANZA CAPITULO I - DE LA NATURALEZA Y EXTENSION DE LA FIANZA
Artículo 2109
Lo dispuesto en el artículo anterior no impide que el fiador pueda
obligarse de un modo más eficaz, por ejemplo, con una hipoteca, aunque la
obligación principal no la tenga.
Afianzándose un hecho ajeno, se afianza sólo la indemnización en que
el hecho por su inejecución se resuelva.