APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO CUARTO - DE LAS OBLIGACIONES SEGUNDA PARTE - DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS TITULO II - DE LA COMPRAVENTA CAPITULO VI - DE LOS PACTOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE VENTA SECCION II - DEL PACTO DE MEJOR COMPRADOR
Artículo 1742
Si se pacta que, presentándose dentro de cierto tiempo otra persona
que mejore la compra, se resuelva el contrato, se cumplirá lo pactado; a
menos que el comprador o la persona a quien éste hubiere enajenado la
cosa, se allane a mejorar en los mismos términos la compra.